LA INSTITUCION LIBRE DE ENSEÑANZA

 

III.- PRESUPUESTOS FILOSOFICOS: EL KRAUSISMO

INTRODUCCION

EL VIAJE DE SANZ DEL RIO

BUSQUEDA FUNDAMENTO

CONCEPTO DE ORGANISMO

FILOSOFIA DE LA HISTORIA

 

Friederich Krause (1781-1832) por Hahnel

     Alrededor del año 1840, un grupo de juristas españoles, entre los cuales se encuentra Julián Sanz del Río, buscan apasionadamente una doctrina política que propicie un proceso regenerador del país, dentro del pensamiento liberal, por supuesto, aunque éste aparece entonces bajo la forma del doctrinarismo y no satisfaga las aspiraciones del grupo.
     En 1833, un exiliado alemán, Heinrich Ahrens, ha dado en la Sorbona un Curso de Derecho Natural, o Filosofía del Derecho, que ha sido publicado en París en 1837. Ruperto Navarro Zamorano, miembro del grupo de amigos de Sanz del Río, lo traduce en 1841. El libro de Ahrens tiene una gran repercusión. En definitiva, la Filosofía del Derecho se presenta como una reacción frente al iusnaturalismo racionalista que, alzado como bandera por la burguesía revolucionaria en 1789, ha perdido su capacidad renovadora al llegar al poder y, una vez positivizado, queda reducido a la mera legalización del «status» que otorga el poder a esa burguesía. Este hecho, unido a la pérdida de la noción del Derecho como norma absoluta que propugna la escuela histórica de Savigny, produce un hueco valorativo que la nueva Filosofía del Derecho trata de llenar. Ahrens, discípulo de Krause, sin prescindir de la positivación y relativización de la Ciencia del Derecho, propone guiar ésta hacia un ideal dado por una profunda base moral, previa al desarrollo de la Ciencia del Derecho propiamente dicha, y capaz de conducirla por nuevos caminos. Krause -nos dice- fue quien primero expuso el carácter del Derecho que consiste en la condicionalidad: definir el principio del Derecho como el conjunto de las condiciones exteriores de que depende el destino racional del hombre y la humanidad. Y Giner, años más tarde, añade: Nadie se ha adelantado, no ya a indicar, sino a desenvolver sistemáticamente este principio del Derecho como un orden universal de piedad, abnegación y altruismo, tanto como Krause.
     Este trasfondo moral hace posible el fortalecimiento de asociaciones nacidas por la necesidad de cumplir los fines de la Humanidad; a cada finalidad: religiosa, científica, artística, industrial, moral y jurídica, corresponde una asociación, quedando al Estado un reducido papel en su propia órbita política, sin entrometerse en el desenvolvimiento de las demás. Aunque, eso sí, reservándose un papel mínimo de vigilancia para evitar que las demás asociaciones se interfieran entre sí y obstaculicen el desarrollo de la finalidad para la que fueron creadas.
     Este programa resulta atractivo para los gobernantes liberales, que con diez años en el poder, constatan día a día la ineficacia de los decretos-leyes en una sociedad estructurada de manera tradicional, sin cauces de comunicación entre las diferentes clases sociales y sin una idea clara de comunidad social.
 
     

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